Polémica por una “playa privada” en Los Cangrejales

Un cerramiento con postes, alambrados y portón que llega hasta la costa, sorprendió a pescadores que llegaron a playa Los Cangrejales I y no pudieron ingresar debido a que alguien cerró la costa. ¿Qué dice la Ley argentina?

(Fotografías: Sergio Esparza)
20 MAR 2026 - 7:52 | Actualizado 20 MAR 2026 - 11:35

Un video publicado en las redes generó polémica por estas horas entre la gente debido a la construcción de una playa privada en Cangrejales I, en el complejo Magagna.

Felix Mermoud, un pescador habitué de playa Los Cangrejales, llegó este lunes al lugar a pasar una linda jornada y comer un asado y se encontró con la playa cerrada.


En las imágenes se ve la costa cerrada con postes, alambrados y hasta un portón. El cerramiento abarca más de 100 metros y va desde la calle principal hasta la playa. Solo Deja un pequeño paso a orillas del mar, que, con marea alta, lo cubre en su totalidad.

Félix comentó a Jornada que fue una sorpresa total cuando llegaron y se toparon con esta obra que, según sus palabras, es edificada por algún vecino de la zona.

“Destruyeron el fogón que usábamos para comer un asado”, se lamentó Mermoud. Ahora resta saber si una obra así es posible y si está permitido avanzar sobre la costa del mar, sabiendo que es un lugar de esparcimiento público.#

¿Que dice la ley?

El estatus legal: Bienes de dominio público El Artículo 235 del Código Civil y Comercial establece que el mar territorial, las bahías, golfos, ensenadas, puertos, y las playas de mar son bienes pertenecientes al dominio público. Esto significa que su uso y goce pertenecen a todos los habitantes y nadie puede apropiarse de ellos de forma privada. Las playas se definen como la extensión de tierra que las olas bañan y desocupan hasta las más altas mareas.

2. La prohibición de "playas privadas" En Argentina no existen las playas privadas con acceso al mar o fuentes de agua natural. Aunque existan balnearios con carpas o servicios pagos, estos funcionan bajo un régimen de concesión pública, pero no pueden impedir el tránsito o la permanencia de personas en la zona de arena pública.

3. El derecho de acceso (Servidumbre) Cuando una playa está rodeada de terrenos privados (como estancias o barrios cerrados), la ley protege el derecho de los ciudadanos a llegar a ella:

Acceso gratuito: Los propietarios colindantes deben facilitar gratuitamente el acceso a las personas para fines turísticos o de pesca cuando no existan otros caminos públicos. Restricciones de construcción: Se debe respetar un margen (conocido como camino de sirga o restricciones similares) para asegurar el libre tránsito por las riberas.

(Fotografías: Sergio Esparza)
20 MAR 2026 - 7:52

Un video publicado en las redes generó polémica por estas horas entre la gente debido a la construcción de una playa privada en Cangrejales I, en el complejo Magagna.

Felix Mermoud, un pescador habitué de playa Los Cangrejales, llegó este lunes al lugar a pasar una linda jornada y comer un asado y se encontró con la playa cerrada.


En las imágenes se ve la costa cerrada con postes, alambrados y hasta un portón. El cerramiento abarca más de 100 metros y va desde la calle principal hasta la playa. Solo Deja un pequeño paso a orillas del mar, que, con marea alta, lo cubre en su totalidad.

Félix comentó a Jornada que fue una sorpresa total cuando llegaron y se toparon con esta obra que, según sus palabras, es edificada por algún vecino de la zona.

“Destruyeron el fogón que usábamos para comer un asado”, se lamentó Mermoud. Ahora resta saber si una obra así es posible y si está permitido avanzar sobre la costa del mar, sabiendo que es un lugar de esparcimiento público.#

¿Que dice la ley?

El estatus legal: Bienes de dominio público El Artículo 235 del Código Civil y Comercial establece que el mar territorial, las bahías, golfos, ensenadas, puertos, y las playas de mar son bienes pertenecientes al dominio público. Esto significa que su uso y goce pertenecen a todos los habitantes y nadie puede apropiarse de ellos de forma privada. Las playas se definen como la extensión de tierra que las olas bañan y desocupan hasta las más altas mareas.

2. La prohibición de "playas privadas" En Argentina no existen las playas privadas con acceso al mar o fuentes de agua natural. Aunque existan balnearios con carpas o servicios pagos, estos funcionan bajo un régimen de concesión pública, pero no pueden impedir el tránsito o la permanencia de personas en la zona de arena pública.

3. El derecho de acceso (Servidumbre) Cuando una playa está rodeada de terrenos privados (como estancias o barrios cerrados), la ley protege el derecho de los ciudadanos a llegar a ella:

Acceso gratuito: Los propietarios colindantes deben facilitar gratuitamente el acceso a las personas para fines turísticos o de pesca cuando no existan otros caminos públicos. Restricciones de construcción: Se debe respetar un margen (conocido como camino de sirga o restricciones similares) para asegurar el libre tránsito por las riberas.